Derecho al olvido digital, nuevo reglamento europeo

El nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, introduce nuevos elementos como el derecho al olvido y el derecho a la portabilidad. Ambos derechos tienen la finalidad de mejorar el control de los ciudadanos sobre los datos personales que son confiados a terceros.

Derecho al olvido digital, nuevo reglamento europeo

En el nuevo Reglamento, se unifica y moderniza la normativa europea sobre la protección de los datos, permitiendo a los ciudadanos mejorar su capacidad de decisión y control sobre sus datos personales y a las empresas aprovechar al máximo las oportunidades de un mercado único digital, reduciendo la burocracia y beneficiándose de una mayor confianza de los consumidores.

El derecho al olvido se presenta como la consecuencia del derecho que poseen los ciudadanos a solicitar, y obtener de los responsables, que sus datos personales sean suprimidos cuando, entre otros casos, estos ya no sean necesarios para la finalidad con la que fueron recogidos, cuando se haya retirado el consentimiento o cuando estos hayan sido recogidos o tratados de una manera no lícita.

El Reglamento recoge expresamente la posibilidad de que se ejerza el derecho al olvido, este derecho ya fue reconocido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea desde el 13 de mayo de 2014. Los interesado pueden solicitar a las empresas responsables que sus datos personales sean suprimidos y también pueden solicitar la recuperación de sus datos, siempre que su tratamiento hubiera sido automatizado, para su posterior transmisión a otras entidades.

Derecho al olvido digital, nuevo reglamento europeo

Este nuevo Reglamento ha entrado en vigor el 25 de mayo de 2016 pero no se comenzará a aplicar hasta dos años después, el 25 de mayo de 2018. Hasta entonces, tanto la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los datos personales como las normas nacionales relacionadas de cada uno de los estados miembros, siguen siendo plenamente válidas y aplicables.

Temas relacionados que te pueden interesar:

Derecho de supresión o Derecho al Olvido

A continuación, extracto del artículo 17 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de abril de 2016, respecto al Derecho de supresión o el derecho al olvido:

  1. El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan, el cual estará obligado a suprimir sin dilación indebida los datos personales cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
    • los datos personales ya no sean necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo;
    • el interesado retire el consentimiento en que se basa el tratamiento de conformidad;
    • el interesado se oponga al tratamiento;
    • los datos personales hayan sido tratados ilícitamente;
    • los datos personales deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento;
    • los datos personales se hayan obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información mencionados en el artículo 8, apartado 1.Derecho al olvido digital, nuevo reglamento europeo
  2. Cuando haya hecho públicos los datos personales y esté obligado, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1, a suprimir dichos datos, el responsable del tratamiento, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el coste de su aplicación, adoptará medidas razonables, incluidas medidas técnicas, con miras a informar a los responsables que estén tratando los datos personales de la solicitud del interesado de supresión de cualquier enlace a esos datos personales, o cualquier copia o réplica de los mismos.
  3. Los apartados 1 y 2 no se aplicarán cuando el tratamiento sea necesario:
    • para ejercer el derecho a la libertad de expresión e información;
    • para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el tratamiento de datos impuesta por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento, o para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable;
    • por razones de interés público en el ámbito de la salud;
    • con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos;
    • para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.Derecho al olvido digital, nuevo reglamento europeo

Ámbito de aplicación territorial 

Con el nuevo Reglamento se amplia notablemente el ámbito de aplicación territorial, este no queda restringido únicamente al espacio europeo, sino que es igualmente obligatorio para todas aquellas empresas responsables o encargadas del tratamiento de datos que no estuvieran establecidas en ámbito de la Unión Europea, siempre que estas ofrezcan bienes o servicios a ciudadanos que sí sean residentes o controlen el comportamiento de los datos en dicho territorio.

Derecho al olvido digital, nuevo reglamento europeo

Esta novedad supone una garantía adicional para todos los ciudadanos europeos. En la actualidad, para tratar datos no es necesario mantener una presencia física sobre un territorio, por lo que el nuevo Reglamento pretende adaptar los criterios, que las empresas deberán cumplir en materia de tratamiento de datos, a la realidad del mundo de Internet o también llamado el mundo digital.

Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea.

 

¿Qué opinas del Derecho al Olvido digital incluida en el nuevo Reglamento? ¿Piensas que están incluidas en este Reglamento, todas las causas posibles? ¿Tienes actualmente alguna necesidad de apelar a este derecho? ¿Qué respuestas consideras que darán los gigantes de Internet?

 

Espero tus comentarios del artículo o también puedes CONTACTAR directamente por otros temas y estaré encantado de estar en contacto contigo. Si te ha parecido interesante el presente contenido, sería genial que lo compartieras en tus redes sociales. Muchas gracias. 🙂 🙂